Coapi Navarra
Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de NavarraEl Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Navarra es una corporación de derecho público que agrupa al colectivo de agentes de la propiedad inmobiliaria colegiados, es decir, a todas aquellas personas que, de manera regulada y acreditando una formación específica, prestan servicios de intermediación, consultoría y asesoramiento en todo tipo de transmisión inmobiliaria.
Real Estate
Estructura
La estructura y funcionamiento del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (COAPI-NAVARRA) se rige por principios democráticos.
Entre las funciones del colegio se encuentran la de defender los derechos de los consumidores, procurar el cumplimiento entre sus colegiados de la legalidad vigente, velar por la deontología profesional así como prestar su colaboración con la Administración Pública.
Asimismo se relaciona con la Administración General del Estado a través del Ministerio de la Vivienda y dependiendo del Consejo General de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de España.
Nuestro propósito
A través de la presente WEB, esperamos y deseamos generar en la sociedad un mayor y mejor conocimiento de la realidad del Colegio Oficial y de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, que sirva para dar confianza al conjunto de los usuarios que demandan nuestros servicios.
Si deseas saber más de nosotros
Razones para trabajar con un API
Diez razones para trabajar con un API
Sin embargo si te gusta estar cubierto por un profesional que te asesore en una de las mayores inversiones de tu vida, te damos estos argumentos para elegir un API:Porque un API colegiado, es un profesional que, para acceder a un Colegio Oficial debe acreditar que está en posesión del Título Oficial de API expedido por la Administración General del Estado o de cualquiera de las titulaciones académicas superiores previstas por el Estatuo General de la profesión”.
Porque un API colegiado, ejerce una función social al velar por el respeto a los derechos de los clientes y por el cumplimiento de la legalidad vigente. El API pone a servicio de los usuarios su conocimiento del mercado, comprueba la corrección y exactitud de los datos y protege los intereses de las partes integrantes en la operación inmobiliaria.
Porque el API colegiado, tiene los conocimientos y la experiencia necesaria que permitirán llevar a buen fin las operaciones en las que interviene.
Porque cuando se le encarga una operación un API colegiado, comprueba los datos del registro de la propiedad, investiga la calificación urbanística, aconseja sobre el mejor precio, facilita la mejor hipoteca, negocia los pactos de mayor interés, prepara todos los trámites del contrato, conecta con otros profesionales que usted necesita, organiza la firma de la escritura pública, etc.
Porque la intervención profesional de un API colegiado conlleva unos honorarios libremente pactados con el cliente conforme al principio de profesionalidad y compromiso con los derechos e intereses de todas las partes implicadas en la transacción.
Porque el API colegiado, decide voluntariamente someter su actuación profesional a la supervisión deontológica y disciplinaria del COAPI al que se ascribe.
Porque el Colegio dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil para sus colegiados suficiente para responder de posibles daños realizados en su actuación profesional y resarcir del perjuicio ocasionado por una actuación negligente. Sin perjuicio de la propia responsabilidad personal del Agente.
Porque la actuación de los API colegiados, también se realiza para los Registros Mercantiles, las Administraciones Públicas (Estado, Autonómicas y Ayuntamientos) y los Tribunales de Justicia.
Porque puede acudir al Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria, en busca de asesoramiento y reclamación sobre la actuación de un colegiado. El Colegio de API no solo defiende, legítimamente intereses corporativos sino también y conforme a la Ley de Colegios Profesionales y a la adcripción voluntaria de sus colegiados, regula, supervisa y en su caso sanciona la actuación profesional de sus colegiados en defensa de todos los clientes que utilizan los servicios de aquellos, de tal forma que cualquier persona que se pueda considerar perjudicada por la actuación de un Agente, puede dirigirse al Colegio en demanda de su reclamación.
Porque usted tendrá la máxima tranquilidad si solicita la intervención profesional de un API colegiado, en cualquiera de las siguientes operaciones:
10.1) Compraventa de toda clase de bienes inmuebles.
10.2) Permuta de toda clase de bienes inmuebles.
10.3) Arrendamiento de fincas rústicas, urbanas, locales de negocio, industrias, comercios, oficinas y cuantas operaciones sobre arrendamiento puedan compararse a los mismos.
10.4) Arrendamientos de temporada rústicos, urbanos e industriales.
10.5) Compraventa de fábricas, naves, solares industriales, instalaciones deportivas y cuantos inmuebles puedan asimilarse a los mismos.
10.6) Tramitación y promoción de asuntos relativos a operaciones inmobiliarias ante cualquier organismo estatal, autonómico, provincial o municipal.
10.7) Peritación de bienes y derechos inmobiliarios de cualquier tipo.
10.8) Asesoramiento y tramitación de las hipotecas.
Servicios
Ofrecemos una gran variedad de servicios para particulares y profesionales
Buscador de inmuebles
Buscador de colegiados
Ventanilla única
Curso y eventos
Nuestra misión
Ofrecer a nuestros agentes servicios que faciliten su labor diaria y aumenten sus oportunidades de negocio.